CONTRATO DE COLABORACIÓN ENTRE AGENCIAS MERCA SERVICE.
En ___________________, a _________________día ______________ de 201___
R E U N I D O S
DE UNA PARTE,
Dª X X X , mayor de edad, con DNI número __________-_,
en su calidad de Administrador Único de MERCA SERVICE X con Número de
Identificación Fiscal _________, con número de teléfono nacional 902 07 08 27,
número de teléfono directo XXX XXX XXX, con email oficina@mercaservice.com y dirección en Calle/Avenida/Plaza X de la localidad de X provincia de X.
En adelante MERCA SERVICE OFICINA 1.
Y DE OTRA PARTE,
Dª X X X , mayor de edad, con DNI número __________-_,
en su calidad de Administrador Único de MERCA SERVICE X con Número de
Identificación Fiscal _________, con número de teléfono directo XXX XXX XXX, con email X y dirección en Calle/Avenida/Plaza X de la localidad de X
provincia de X.
En adelante EL
NOMBRE DE LA OTRA AGENCIA.
En lo sucesivo, también se hará referencia a MERCA
SERVICE OFICINA 1 y a LA OTRA AGENCIA, a cada uno de ellos como una “Parte” y,
conjuntamente, como las “Partes”, las cuales se reconocen mutuamente capacidad
suficiente para celebrar el presente contrato en la representación indicada, y
a tal objeto,
E X P O N E N
I. Que las Partes,
se dedican a la intermediación en el arrendamiento de inmuebles y a la
comercialización de promociones inmobiliarias, contando con los medios
económicos y humanos suficientes para la intermediación en la venta de
viviendas.
II.
Que las partes
desean colaborar en un futuro para intermediar en el arrendamiento de inmuebles.
III. Que habiendo llegado ambas Partes a un acuerdo
sobre las condiciones que regirán sus futuras relaciones, convienen el presente
contrato de colaboración con arreglo a las siguientes
C
L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO
DEL CONTRATO
En
virtud del presente contrato, MERCA SERVICE OFICINA 1 y LA OTRA AGENCIA colaboraran
en la intermediación en el arrendamiento de inmuebles y a la comercialización
de promociones inmobiliarias.
Al no tratarse de una relación duradera
ni de carácter estable, el presente acuerdo no tiene naturaleza de contrato de
agencia o subagencia, y por consiguiente, las partes regularán su relación
según lo previsto en la legislación civil y mercantil española, excluyendo la
aplicabilidad de la Ley 12/1992, del Contrato de Agencia.
SEGUNDA.- OBLIGACIONES
DE LAS PARTES
2.1
LAS PARTES se comprometen a desarrollar
comercialmente el objeto del presente Contrato a través de la captación de
clientes (en adelante, “los Clientes”), pudiendo organizar su actividad
de intermediarios y el tiempo dedicado a la misma conforme a sus propios criterios.
En el ejercicio de su actividad profesional, LAS PARTES deberán actuar con
sujeción a la ley y de buena fe, velando por los intereses de la empresa por
cuya cuenta actúa.
2.2
En virtud del presente Contrato, LAS PARTES se obligan a:
(i)
Satisfacer la remuneración
pactada en la Cláusula Cuarta.
(ii) Facilitar sin coste alguno la información y/o demás material que
razonablemente pueda necesitar para el cumplimiento de sus obligaciones
(iii) Facilitar la
labor de mediación y corretaje inmobiliario de la agencia inmobiliaria colaboradora.
(iv) Comunicar a la mayor brevedad la información
requerida por los Clientes del establecimiento inmobiliario que se hallen interesados
en adquirir la propiedad de las viviendas ofertadas.
(v) Responder de
todas las reclamaciones o quejas de los Clientes obtenidos por el colaborador
referidas a vicios o defectos de las viviendas que observen o surjan con
posterioridad.
TERCERA.- DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD.
MERCA SERVICE OFICINA 1 ofrecerá los Inmuebles
a los precios y en las demás condiciones que les hayan notificado previamente la
PARTE CAPTADORA de LA OTRA AGENCIA.
MERCA
SERVICE OFICINA 1 respetará estrictamente tales precios y condiciones de oferta
y no los modificaran, ni estableceran ningún compromiso adicional con los
Clientes.
Cuando MERCA SERVICE OFICINA 1 acompañe
a algún Cliente al inmueble cuyo encargo tiene encomendado LA OTRA AGENCIA, deberá
redactar la correspondiente hoja de control de visita con todos los datos
identificativos del Cliente, lo que incluye al menos el nombre, NIF, teléfono y
firma de dicho cliente.
CUARTA.- COMISIÓN Y GASTOS
4.1
MERCA SERVICE percibirá una comisión de
un CINCUENTA POR CIENTO (50%) sobre el
precio de arrendamiento del inmueble, (impuestos indirectos excluidos) de cada
una de los inmuebles que, con su intervención, se haya alquilado, y siempre que el contrato
de compraventa definitivo se haya concluido.
4.2
El devengo de la correspondiente
comisión se producirá de manera simultánea al otorgamiento de la firma del
contrato de arrendamiento del inmueble, quedando condicionado dicho devengo a
que el precio de la correspondiente Vivienda haya sido íntegramente satisfecho
por el Cliente.
4.3
LAS PARTES no tendran derecho al
reembolso de los gastos que le haya originado el ejercicio de su actividad como
intermediarios.
QUINTA.- EXTINCIÓN
DEL CONTRATO
5.1 Cada una de las partes del Contrato podrá dar por
finalizado el mismo en cualquier momento, comunicándolo a la otra Parte con 24
horas de antelación a la fecha de efecto, sin derecho a indemnización a favor
de ninguna de LAS PARTES.
SEXTA.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El
presente Contrato se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes españolas.
Para
la resolución de cualquier disputa o controversia entre las Partes que pudiera
resultar del presente Contrato y que no sea resuelta de forma amistosa en un
plazo de treinta (30) días, las Partes se someten, con renuncia expresa y
formal al fuero que pudiera corresponderles, a la jurisdicción y competencia de
los Juzgados y Tribunales de la ciudad del encabezado.
Y
en prueba de conformidad las partes firman el presente Contrato por duplicado a
un solo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
Fdo. Fdo.
MERCA
SERVICE OFICINA 1. LA
OTRA AGENCIA
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