lunes, 2 de junio de 2014

SABIAS QUE, LOS INQUILINOS


Los inquilinos cada vez saben mas,  en algunos casos, por que llevan años de alquiler y en los demás, porque consultan por Internet y mirad lo que encuentran.


EL DECÁLOGO DEL INQUILINO


I


Todos los acuerdos, notificaciones y reclamaciones en el arrendamiento deben constar 
por escrito. “Las palabras se las lleva el viento”
II

Lee atentamente el contrato antes de firmarlo y si no entiendes algo, 
acude a un Abogado. No hay “moviola”. Especial atención en esa lectura se necesita si vais a ser varios inquilinos. Exige que consten los datos que luego puedes necesitar: Domicilio del arrendador para notificaciones y referencia catastral del inmueble. Exige que te acrediten el depósito de la fianza.

III

Antes de recibir las llaves examina con detalle el estado de la vivienda y comprueba el funcionamiento de las instalaciones y aparatos. Evitarás controversias posteriores.

IV

No dejes de pagar o consignar el alquiler bajo ningún pretexto. En un 
juicio de desahucio no te los van a admitir.

V

Cumple el plazo de duración acordado. Si no lo cumples deberás indemnizar al arrendador, si así se pactó en el contrato.
VI

No entregues 
señal/arras/fianza previa si no estás seguro de las condiciones del alquiler. Si desistes del arriendo perderás la cantidad entregada. Exige que los compromisos sean recíprocos. En ocasiones esa entrega son los honorarios de la inmobiliaria.

VII

Al entrar en la vivienda 
cambia el bombín de la cerradura. Gozarás de mayor seguridad y evitarás problemas con caseros excesivamente desconfiados.

VIII

Cuida la vivienda como si fuera de tu propiedad, a la postre es tu hogar, contrata un seguro de tus muebles y de tu responsabilidad civil. Evitarás sorpresas durante el arriendo y al entregar las llaves.

IX


Formaliza por escrito el fin de contrato y la entrega de llaves. Si te marchas “por las buenas” el contrato sigue vigente y pueden reclamarte esos alquileres.

Si después de leer esto se os ocurren algunas dudas como por ejemplo ''de donde saco yo la referencia catastral que dice aquí que la tenemos que poner en el contrato''
La solución la tenéis aquí   https://www.sedecatastro.gob.es/ Poned esta dirección y hasta le podréis sacar un bonito plano para añadir al contrato  y poder  impresionar a propios y extraños.  
Esto solo significa que si trabajáis  de una manera tan profesional, junto con todos los documentos  que os esta enseñando Jose, (Porque las palabras se las lleva el viento), os aseguro que el propietario os volverá a llamar y pagara por vuestros servicios sin rechistar cuando necesite volver a alquilar y creerme esto ocurre antes de lo que imagináis, para nuestra satisfacción.

Seguid ahí y no os arrepentiréis
Juan Rojas





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