domingo, 1 de junio de 2014

Sabíais que:

Sabíais que:

Para poder hablar con fundamento con nuestros clientes, debemos estar al día en lo que a la evolución de los datos económicos se refiere, esto  os dará seguridad y vuestros  clientes confiaran más y mejor en vuestra profesionalidad.

El precio medio de la vivienda en alquiler en España se sitúa en abril en 6,91 €/m2 al mes, tras experimentar un aumento del 0,4% respecto al mes anterior, según datos, analizados por la escuela de negocios IESE. No es el primer aumento que se registra en los últimos meses. De hecho, el pasado mes de febrero el precio de la vivienda en alquiler ya registró un aumento del 0,5%, después de 19 meses consecutivos de caídas.

“Nuestros últimos informes están detectando repuntes en el precio del alquiler que, por ahora, son puntuales pero que podrían ser el avance de cierta estabilización en este mercado que está ganando terreno a raíz de la crisis. Aunque en términos interanuales el precio del alquiler sigue cayendo, cada vez lo hace de forma más suave y por primera vez en casi dos años nos encontramos con una subida trimestral”, explica Beatriz Toribio, responsable de Estudios de fotocasa.

Esta información es solo válida para utilizarla con los clientes inquilinos para intentar cerrar la operación.

A la vista de lo que está ocurriendo se puede hablar de una cierta recuperación de nuestro negocio en términos de volumen, si el precio sube mi comisión también.

Por ello es imprescindible tener completado el contrato de servicios con el propietario ya que es donde quedan reflejados nuestros honorarios, obligaciones y exención de responsabilidades.

EL DECÁLOGO DEL CASERO
I

Todos los acuerdos, notificaciones y reclamaciones en el arrendamiento deben constar por escrito. “Las palabras se las lleva el viento”

II

No pongas en el contrato 
cláusulas abusivas, oscuras o ilegales. Perjudican a quien las pone.

III

Entrega la vivienda y su equipamiento en el mejor estado posible. La actuación de buena fe beneficia a quien la practica.

IV
Asegúrate previamente de la solvencia económica de tu inquilino. El juicio de desahucio por falta de pago es lento y gravoso.

V

Recuerda que el inquilino tiene derecho a permanecer en la vivienda tres años. 
VI

No cojas señal/arras/fianza previa si no estás decidido a ese alquiler. Deberás devolverla duplicada si decides no alquilar.

VII

Una vez entregada la vivienda no puedes entrar en ella sin permiso del inquilino. Es su morada y goza de protección constitucional y penal.

VIII

Procura atender las reparaciones que te correspondan a la mayor urgencia. Redundará en beneficio de la relación con el inquilino.

IX

Previo examen, formaliza por escrito el fin de contrato haciendo constar el estado en que se encuentra la vivienda, así como los muebles y enseres que la equipan, dedicando a ello el tiempo que sea necesario. Te permitirá reclamar por los daños y desperfectos a cargo del inquilino.

Esta lectura es muy interesante aunque es obvio, hay propietarios que no actúan bajo este código y esto nos puede complicar la existencia siempre que no hagamos las cosas bien.
En breve os paso el código del inquilino

Juan

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